SAS – Sociedades por Acciones Simplificadas

La Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros, en cumplimiento de la disposición reformatoria octava de la Ley Orgánica de Emprendimiento e Innovación, publicada en el Suplemento 151 de 28 de febrero de 2020, ha implementado el proceso de constitución de Sociedades por Acciones Simplificadas SAS, el cual se encuentra disponible para todos los usuarios y ciudadanos en general.
Este nuevo e innovador servicio permite mediante su flexibilidad, registrar a las compañías SAS ahorrando tiempo, además que es posible constituirla con un accionista o varios, a través de un trámite simplificado sin que este genere costo alguno.

Con la creación de S.A.S. se busca impulsar la economía e incentivar actividades productivas individuales, que contribuyan a resolver la necesidad de los ecuatorianos de formalizar sus emprendimientos, con la libertad de manejar los estatutos y estructura administrativa que mejor se adecuen a su práctica mercantil además de ser parte activa del desarrollo económico del país.
Los beneficios que tiene esta figura societaria son:

– No requiere de una escritura pública ya que se puede constituir por documento privado.
– El proceso de registro no tiene costo.
– Puede constituirse por una sola persona y no tiene un número máximo de accionistas.
– No requiere de un capital mínimo.
– Puede dedicarse a cualquier actividad mercantil o civil lícita, según se señale en su objeto.
– El plazo de duración puede ser indefinido.
– Los accionistas tienen responsabilidad limitada, protegiendo su patrimonio.

Los requisitos y pasos para crear una S.A.S. se encuentran publicados en la Guía para Constitución de Sociedades por Acciones Simplificadas, descarga la Guía aquí.

 

Fuente: www.supercias.gob.ec

Share this post