IVA en la era digital
El 8 de diciembre de 2022, la Comisión Europea lanzó el IVA en un paquete de la Era Digital, una serie de medidas para modernizar y hacer que el sistema del Impuesto al Valor Agregado (IVA) de la UE funcione mejor para las empresas y sea más resistente al fraude al adoptar y promover la digitalización.
IVA en el paquete de la Era Digital (“ViDA”)
Este “Paquete del IVA en la Era Digital” (“ViDA”) tiene 3 pilares:
• Requisitos de informes digitales (DRR)
• Economía de plataforma
• Registro único de IVA de la UE
Los Estados miembros perdieron 93 000 millones de euros en ingresos por IVA en 2020 según el informe Brecha del IVA de 2022 de la UE. Las estimaciones conservadoras sugieren que una cuarta parte de los ingresos que faltan pueden atribuirse directamente al fraude del IVA relacionado con el comercio dentro de la UE. Además, los acuerdos sobre el IVA en la UE aún pueden ser onerosos para las empresas, especialmente para las pymes, las empresas en expansión y otras empresas que operan en el extranjero.
El paquete de propuestas es, de hecho, un borrador de enmiendas a tres actos legislativos de la UE. Los cambios propuestos aún deben ser adoptados por los Estados miembros.
Informes digitales en tiempo real basados en facturación electrónica
Para que ViDA entre en vigor, la propuesta necesitará el consentimiento unánime de los 27 Estados miembros de la UE. Si todos los Estados miembros los adoptan, los cambios propuestos por ViDA entrarán en vigor gradualmente entre el 1 de enero de 2024 y el 1 de enero de 2028.
Agilización de las transacciones transfronterizas con informes digitales en tiempo real
Informes digitales en tiempo real basados en la facturación electrónica para empresas que operan transfronterizas en la UE.
El nuevo sistema introduce información digital en tiempo real a efectos del IVA basada en la facturación electrónica que proporcionará a los Estados miembros información valiosa que necesitan para intensificar la lucha contra el fraude del IVA, especialmente el fraude carrusel.
Cambios en la facturación electrónica y plazos de presentación de informes
Los “Requisitos de información digital” son cualquier obligación de los sujetos pasivos del IVA de presentar datos de forma periódica o continua de forma digital sobre todas (la mayoría de) sus transacciones, incluso mediante la facturación electrónica obligatoria, a las autoridades fiscales.
A continuación, se indican los cambios más importantes:
• La propuesta cambia la legislación, disponiendo que la facturación electrónica será el sistema predeterminado para la emisión de facturas para transacciones B2B transfronterizas dentro de la UE a partir de 2028. No habrá umbrales ni exenciones para las pequeñas empresas;
• A partir del 1 de enero de 2024 cambiará la definición de factura electrónica. Estas facturas deben emitirse en un formato estructurado. Ya no se exigirá la condición de que el destinatario deba aceptar facturas electrónicas;
• El plazo para la emisión de facturas electrónicas por entregas intracomunitarias de bienes y servicios sujetos a cobro revertido es de dos días desde que se produce el hecho imponible;
• El plazo para el reporte digital de operaciones intracomunitarias será de 2 días después de la emisión de la factura o cuando la factura debió haber sido emitida;
• Se introducirán informes en tiempo real para sustituir el actual sistema de declaraciones intracomunitarias. El nuevo sistema debería permitir a los Estados miembros intercambiar información sobre declaraciones de IVA en transacciones transfronterizas mucho más rápidamente;
• Se permitirá a los estados miembros establecer sistemas adicionales de información en tiempo real para transacciones a particulares o transacciones nacionales, pero basados en el sistema de información común;
• Ampliación de la definición de ventas intracomunitarias a distancia de bienes a los bienes de segunda mano, obras de arte, objetos de colección y antigüedades.
• Suspensión de las simplificaciones de stock de call-off a partir del 31 de diciembre de 2025, ya que pueden ser cubiertas por One Stop Shop (OSS).
Responsabilidades del IVA en la economía de plataforma
Según las nuevas reglas, los operadores de la economía de plataforma, en particular el alquiler a corto plazo de alojamiento turístico y el transporte de pasajeros, serán responsables de recaudar y remitir el IVA a las autoridades fiscales cuando sus usuarios no lo hagan, por ejemplo, porque son una pequeña empresa o un proveedor individual. (considerados proveedores). A partir de 2025, estas plataformas serán responsables del pago del IVA en determinadas situaciones (transacciones C2C y C2B). El reglamento de aplicación estipula que la plataforma está sujeta al IVA en todos los casos en los que el proveedor no haya proporcionado un número de IVA válido.
Más :
• La extensión del retorno del OSS al comercio electrónico y los movimientos de existencias propias a través de las fronteras de la UE;
• Cancelar el retiro de acciones ya que los comerciantes podrán usar OSS (ver arriba);
• Los mercados se convierten en proveedores considerados para las ventas de bienes B2C de sus vendedores de la UE a través de las fronteras de la UE;
• La Import One Stop Shop (IOSS) será obligatoria para los mercados que han facilitado las ventas de bienes importados de sus vendedores;
• La propuesta aclara el tratamiento del IVA de los servicios prestados por las plataformas. Estos estarán sujetos al IVA en el país donde tenga lugar la transacción facilitada subyacente a efectos del IVA.
La introducción de un registro único de IVA en toda la UE
Sobre la base del modelo de «ventanilla única para el IVA» ya existente para las empresas de compras en línea, las propuestas permitirían a las empresas que venden a consumidores de otro Estado miembro registrarse una sola vez a efectos del IVA en toda la UE y cumplir sus obligaciones en materia de IVA a través de un único portal en línea en un solo idioma. Otras medidas para mejorar la recaudación del IVA incluyen hacer obligatoria la ‘ventanilla única de importación’ para ciertas plataformas que facilitan las ventas a los consumidores en la UE.
Se introducirán las siguientes nuevas reglas:
• El éxito del paquete de comercio electrónico de la devolución del IVA One-Stop-Shop para la venta a distancia se extenderá a los movimientos de existencias propias de los vendedores de comercio electrónico antes de la venta de comercio electrónico B2C (transacciones B2B2C);
• El SVR permitirá que las empresas cobren, declaren y gestionen la totalidad de su IVA de la UE a través de sus autoridades fiscales nacionales, incluido eventualmente todo el proceso de auditoría;
• El movimiento de existencias sigue siendo gravable con dos transacciones: llegada y venta. Ambos se informarían en el OSS, que necesitaría agregar información adicional para informar al estado miembro de identificación (donde está registrado el OSS);
• Esto eliminará la necesidad de cientos de miles de registros de IVA extranjeros para vendedores de comercio electrónico;
• Todas las entregas B2B por parte de extranjeros a clientes registrados estarán sujetas al cobro revertido del impuesto. Las transacciones de cobro revertido deben ser indicadas por el proveedor en su lista de ventas de la UE (a partir de 2025), y están sujetas a informes (en tiempo real) dentro de la UE (a partir de 2028). Bajo el sistema actual, dicho cambio es solo opcional. La mayoría de los países tienen algún tipo de cobro revertido, pero imponen sus propias condiciones específicas de cada país, lo que hace que las reglas del IVA para los registros extranjeros sean muy complejas;
• Extensión del proveedor considerado: cuando un mercado facilita esto, el IVA sobre la venta nacional local al consumidor cambiará al mercado como proveedor considerado. La excepción son las ventas en el país donde el vendedor es residente.
• Esto es independiente de dónde esté establecido el vendedor, lo que significa una extensión del paquete de comercio electrónico de 2021 solo para fuera de la UE para incluir a los vendedores de la UE. Esto nivelará el campo de juego;
• El vendedor utilizará OSS para informar al mercado la adquisición sujeta a impuestos con tasa cero. Las transacciones B2B en el escenario tendrían una tasa de IVA cero. La desventaja de esta opción es que favorecería a los vendedores que usan mercados y penalizaría las ventas de su propio sitio web, que seguiría siendo responsable de la declaración del IVA nacional.
Considerando la preparación para el IVA digital
Estas propuestas y posibles cambios probablemente tendrán un impacto significativo en los sistemas y procesos de las empresas. Las empresas que operan en la UE deberían comenzar a considerar su preparación para los cambios en caso de que entren en vigor, en particular con respecto a los cambios en los sistemas que serían necesarios para la facturación electrónica estandarizada. El régimen de simplificación (OSS), si se implementa, ofrece oportunidades para que las empresas simplifiquen sus obligaciones de información.